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Asociación de fieles

Según el Canon 298 del Derecho Canónico, «existen en la Iglesia asociaciones distintas de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica, en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto con laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado, a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad y la animación con espíritu cristiano del orden temporal».

Los fieles tienen derecho, mediante un acuerdo privado entre ellos, a constituir asociaciones para los fines de los que se trata en el canon 298.1, sin perjuicio de lo que prescribe el canon 301.1.

Las asociaciones de fieles, tanto las públicas como las privadas, deben tener sus estatutos propios, en los que se determine el fin u objetivo social de la asociación, su sede, el gobierno y las condiciones que se requieren para formar parte de ellas, y se señale también su modo de actuar, teniendo en cuenta la necesidad o conveniencia del tiempo y del lugar.

Quien tiene autoridad para erigir las asociaciones públicas es la Santa Sede, para las asociaciones universales e internacionales; la Conferencia Episcopal dentro de su territorio, para las asociaciones nacionales; y el Obispo diocesano, dentro de su propio territorio. Para la creación de una asociación o de una sección de la misma en una diócesis, se requiere el consentimiento del Obispo diocesano.

Por tanto, una asociación privada de fieles es una asociación de fieles de la Iglesia católica constituida por iniciativa de los propios fieles para fines congruentes con la misión de la Iglesia. Existen en la Iglesia asociaciones distintas de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica, en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto con laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado, a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad y la animación con espíritu cristiano del orden temporal.

Hay una gran variedad en las asociaciones de apostolado, unas proponen el fin general apostólico de la Iglesia; otras buscan de modo particular los fines de la evangelización y de la santificación; algunas tienden a la inspiración cristiana del orden temporal; y otras dan testimonio de Cristo por las obras de misericordia y de caridad.

En la Diócesis de Cartagena se está trabajando actualmente en la actualización de una base de datos que recoja la información actualizada que sobre las mismas existe en este momento.

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